El Tribunal Supremo frena a Hacienda y limita los requisitos para las visitas sorpresa a los autónomos
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que establece importantes restricciones a las inspecciones inesperadas de Hacienda a los autónomos. Esta decisión representa un cambio significativo en las condiciones que la Agencia Tributaria debe cumplir para efectuar este tipo de inspecciones.
El fallo establece que es imprescindible que Hacienda justifique debidamente las razones para realizar una visita sorpresa. Esto incluye la necesidad de demostrar motivos suficientes que justifiquen esas actuaciones fiscales sin previo aviso. La sentencia destaca que se deben respetar los derechos de los autónomos y que no deben someterlos a inspecciones arbitrarias.
La decisión del Tribunal Supremo responde a un recurso presentado por un autónomo que consideró que sus derechos fueron vulnerados tras recibir una inspección sin el debido justificado. Según la sentencia, Hacienda deberá ahora detallar las sospechas y pruebas previas antes de llevar a cabo cualquier intervención que pueda ser considerada una visita sorpresa.
Este nuevo criterio del Tribunal Supremo busca equilibrar la necesidad de la Administración Tributaria de prevenir el fraude fiscal con la protección de los derechos de los contribuyentes. Los autónomos, un colectivo que frecuentemente se encuentra bajo el escrutinio de Hacienda, verán en esta sentencia un respiro y una garantía de que sus derechos serán respetados en futuras inspecciones.